La principal excusa para no pagar es “la insolvencia«. Pero hay que distinguir entre la insolvencia real, que indica que la marcha de la empresa no es buena, con unos cauces legales para declarar esta circunstancia, y la insolvencia irreal. Aquí es cuando entra la picaresca y la mala praxis del empresario o administrador.
Lo más frecuente, es no cumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Si no presenta cuentas, nadie conoce cómo van los números de la compañía y así se gana tiempo. La indefensión es total.
De seguido, suele venir el llamado “cierre de facto”, conocido también como “el persianazo”, algo ilegal, ya que una empresa no puede cerrar con deudas. Y si es que se encuentra en una situación de inminente insolvencia, debe comunicarlo así a sus acreedores, convocando una Junta ó si es que la insolvencia es segura e irremediable y actual, debe someterse al concurso de acreedores, en el que sus bienes serán repartidos con arreglo a la Ley.
Es aquí, donde un buen abogado mercantilista, puede exigir la responsabilidad del administrador y conseguir, que las deudas sociales, se conviertan en deudas personales; evitando así, el llamado, abuso de personalidad jurídica.